Familia internacional
Matrimonios, divorcios, guarda y custodia o alimentos con residencia, nacionalidad o bienes en más de un país. Coordinamos con el área de derecho civil y con el marco europeo o convencional que corresponda.

Fernández-Munárriz Abogados
Casos con elemento extranjero: familia, contratos, litigio y reconocimiento de resoluciones. Capacidad técnica del despacho, sin promesas genéricas.
Muchos conflictos de derecho internacional se dirimen en España o exigen aplicar normas extranjeras, reglamentos europeos o convenios. Desde nuestro despacho en Madrid analizamos el componente extranjero del asunto y trazamos la vía útil.
No competimos por volumen de búsquedas locales vacías. Demostramos capacidad: lectura del foro competente, de la ley aplicable y de cómo ejecutar lo acordado o sentenciado. Cuando el núcleo es familiar o societario, enlazamos con derecho civil o derecho mercantil.
Servicios concretos cuando el asunto cruza fronteras o aplica derecho extranjero.
Matrimonios, divorcios, guarda y custodia o alimentos con residencia, nacionalidad o bienes en más de un país. Coordinamos con el área de derecho civil y con el marco europeo o convencional que corresponda.
Cláusulas de ley aplicable y foro, compraventa internacional, distribución o joint ventures con parte extranjera. El encaje societario y mercantil lo reforzamos desde derecho mercantil.
Demandas y defensas ante tribunales españoles cuando hay demandado, prueba o efectos en el extranjero; oposición a competencia o alegación de ley foránea con criterio procesal sólido.
Homologación y ejecución en España de resoluciones extranjeras (exequátur u otros regímenes de reconocimiento), y orientación cuando deba ejecutarse una sentencia española fuera.
Diagnóstico previo: qué tribunal puede conocer y qué derecho rige el fondo. Evita plazos perdidos y estrategias incompatibles entre sistemas jurídicos.
Particulares y empresas con vínculo real fuera de España o con contraparte extranjera.
Familias binacionales, residencias cruzadas, herencias o conflictos familiares con elemento internacional. Le explicamos el mapa jurídico sin jerga innecesaria.
Operadores que contratan, cobran o litigan más allá de España. Priorizamos seguridad contractual y vía de reclamación viable.
Un método breve y ordenado: primero el mapa internacional, después la estrategia.
Escuchamos hechos, documentos y urgencias. Identificamos el elemento extranjero y lo que está en juego.
Respuestas directas sobre derecho internacional privado y asuntos con elemento extranjero.
Aquel en el que intervienen nacionalidades, residencias, bienes, contratos o resoluciones de más de un Estado. El derecho internacional privado decide foro, ley aplicable y cómo reconocer o ejecutar lo resuelto.
Sí, cuando España es foro competente o debe reconocerse aquí una resolución extranjera. Si hace falta actuación en otro país, coordinamos el encaje y le indicamos con claridad los límites y los siguientes pasos.
Ambas perspectivas. El fondo familiar lo tratamos con el criterio de derecho civil; el componente transfronterizo (competencia, Reglamento UE, ejecución) lo abordamos en esta área.
Sí. Redacción y revisión de cláusulas de ley y foro, y reclamaciones cuando hay comercio o inversión internacional, en coordinación con derecho mercantil.
No es el foco de esta página. Nos concentramos en conflictos y negocios jurídicos con elemento extranjero (familia, contratos, litigio, exequátur). Si su necesidad es otra, se lo diremos con franqueza en la consulta.
Un mismo criterio técnico en cada especialidad. Explore el área que necesita o cuéntenos su caso.
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